Acciones propuestas contra la corrupción desde la investigación criminal

De la experiencia adquirida en la persecución de esta lacra social, se ha determinado potenciar una serie de necesidades de carácter técnico y procesal que describimos:

Adscripción permanente y en exclusiva, bajo dependencia orgánica del Ministerio Público, como ya sucede en determinadas estructuras (Fiscalía anticorrupción) de equipos de inspectores de Hacienda, interventores públicos y agentes policiales especializados.

Desarrollo de investigaciones paralelas patrimoniales que tiendan a conseguir un efectivo embargo preventivo de bienes de procedencia ilícita. Esta es la mejor medida de prevención contra la corrupción como se está haciendo por la Policía Nacional en todas las investigaciones relacionadas con la corrupción y el crimen organizado.

Mejorar los canales procesales de comunicación entre los órganos de control de la administración como la Sindicatura de Cuentas y la OAC en Cataluña a través del convenio firmado con la FGE.

Comisionar en las investigaciones judiciales o de Fiscalía complejas la integración de funcionarios de policía judicial especializados expertos en las materias que se investigan (delitos fiscales, blanqueo, corrupción urbanística, contratación administrativa, subvenciones, etc.) Todo ello con arreglo a lo establecido en la LECr, LOPJ y RD 769/87 sobre regulación de la Policía Judicial.

Establecer como mecanismo de prevención de la corrupción la consolidación de los diferentes comisos preventivos en la instrucción de causas por delitos relacionados con la corrupción y que permitan proceder al comiso equivalente que podrá llevarse a cabo cuando por cualquier circunstancia no fuera posible el decomiso de los bienes o si el valor de los bienes es inferior al que tenían en el momento de su adquisición, el comiso extendido o ampliado, sobre todo cuando se aprecie ocultación de la titularidad o de cualquier poder de disposición sobre los bienes o efectos mediante la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos, o paraísos fiscales o territorios de nula tributación que oculten o dificulten la determinación de la verdadera titularidad de los bienes, así como también cuando se haya producido una transferencia de los bienes o efectos mediante operaciones que dificulten o impidan su localización o destino, y carezcan de una justificación legal o económica válida.

Y, por último el comiso a terceros, en donde los efectos y ganancias hubieran sido adquiridos con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita o cuando una persona diligente habría tenido motivos para sospechar, en las circunstancias del caso, de su origen ilícito.

Y en materia de colaboración internacional conviene recordar que con fecha 1 de mayo de 2017 entró en vigor el Reglamento de Europol que permite localizar y embargar bienes procedentes de delitos vinculados a la corrupción a través de la “European Criminal Assets Bureau (ECAB)” u Oficina Europea de Activos Criminales que apoya a los Estados Miembros en la localización de los beneficios del delito cuando los mismos han sido ocultados fuera de sus fronteras.

La ECAB ejerce la Secretaría de la Camden Asset Recovery Inter-Agency Network (CARIN) o Red Interinstitucional de Recuperación de Activos de Camden, una red informal que se fundó en La Haya en septiembre de 2004, para reaccionar a la falta de agilidad de los cauces habituales de información para cooperar en las investigaciones patrimoniales sobre grupos internacionales de crimen organizado. Hoy comprende expertos de 54 jurisdicciones y 9 organizaciones internacionales diferentes, que auxilian a los EM en sus peticiones de localización, embargo, decomiso y administración de bienes de procedencia delictiva u otros activos pertenecientes a una persona sospechosa.

Otro mecanismo se ha considerado muy efectivo se centra en La Ofice Européen de Lutte Antifraude (OLAF) u Oficina Europea de Lucha contra el Fraude fundada en 1999 mediante una Decisión de la Comisión y es actualmente el único organismo de la UE encargado de detectar, investigar y detener el fraude con fondos de la UE y la corrupción que afectan a los fondos de la UE, con el fin de velar por que el dinero de los contribuyentes de la UE se destine a proyectos que puedan generar crecimiento y empleo en Europa.

Aprovechar estructura la Financial Intelligence Units network (FIU.net) o Red de Unidades de Inteligencia Financiera que está operativa desde 2016 en el seno de Europol como sofisticada red informática descentralizada que apoya a las UIF de los EM en su lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En España la UIF es el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Montetarias.